La CRT ya publicó los nuevos lineamientos para proteger audiencias
Con esta versión final, la Comisión no actuará como una segunda instancia para revisar las resoluciones de los defensores de las audiencias.
- Redacción AN/ SBH

La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) ya publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) los Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias. El documento final fue resultado de un ejercicio de participación ciudadana que integró 8 mil 889 participaciones.
El texto definitivo privilegia la autorregulación de los medios, con una comisión del gobierno que solo revisará que los medios cumplan con el nombramiento de defensores de audiencias, la emisión de códigos de ética y el cumplimiento de los procesos que podrán activar las audiencias.
Con esta versión final, la Comisión no actuará como una segunda instancia para revisar las resoluciones de los defensores de las audiencias.
Señalamientos de publicidad y opinión, a medias
Tanto para televisión como radio se eliminó la obligación de aclarar en tiempo real si un contenido es publicidad; ahora los medios deberán presentar una leyenda al principio y al final de los programas: “Este programa contó con Espacios Comercializados y/o Patrocinados”
Lo mismo pasa con la opinión e información: la propuesta de lineamientos obligaba a marcar claramente cada contenido, pero ahora se deberá presentar un anuncio antes y después de los programas, informando que “la persona informadora, comentarista o conductora, expresa de forma indistinta, sus opiniones y mensajes noticiosos”.
Las sanciones
La nueva estructura de sanciones, establece un esquema de multas de entre 0.01% y 1% de los ingresos para determinadas omisiones, como la falta de Código de Ética o la ausencia de un Defensor.
Las sanciones se cancelan si el concesionario subsana la omisión antes de la intervención de la autoridad. También se contempla un aviso preventivo para la primera infracción de baja gravedad.
Se mantuvo, sin embargo, la posibilidad de sancionar la falta de cooperación, incluida la negativa a entregar grabaciones o informes a la Defensoría, con el objetivo de garantizar la operación del sistema de protección de las audiencias.
La CRT estableció plazos diferenciados de transición para la implementación de estas normas. Mientras que los medios comerciales y públicos cuentan con 30 días hábiles, las concesiones de uso social, comunitario, indígena y afromexicano disponen de 60 días hábiles para adaptarse.