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Juez ordena al DIF de San Luis Potosí garantizar desayunos escolares por seis años a primaria rural excluida

DIF estatal excluyó a una primaria en Santa María del Río de su programa de desayunos, argumentando criterios burocráticos pese a la desnutrición del alumnado.

  • Redacción AN / ARF
10 Apr, 2026 13:25
Juez ordena al DIF de San Luis Potosí garantizar desayunos escolares por seis años a primaria rural excluida

Un juzgado de distrito federal concedió un amparo que obliga al Sistema Estatal para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) a proporcionar desayunos escolares a todos los alumnos de una escuela primaria ubicada en el municipio de Santa María del Río. La resolución, dictada el 31 de marzo de 2026, asegura la alimentación continua y no regresiva de los menores por un periodo mínimo de seis años.

El caso, informa el Consejo Nacional de Litigio Estratégico en un comunicado, se originó luego de que el DIF estatal excluyera sistemáticamente al plantel de su Programa de Alimentación Escolar. De acuerdo con las autoridades administrativas, la escuela no figuraba en su esquema de “primera necesidad”. Lo anterior se sostuvo a pesar de que un estudio de campo elaborado por una trabajadora social documentó que los alumnos padecen desnutrición, y que la comunidad enfrenta graves carencias de infraestructura, rezago educativo y deserción estudiantil.

Tras agotar las vías administrativas, madres de los estudiantes, representando a siete familias de la comunidad, acudieron a los tribunales.

Interdependencia entre alimentación y educación

La sentencia dictada a favor de los menores se fundamenta en los artículos 3° y 4° de la Constitución y retoma un criterio de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (AR 1219/2015). El fallo reconoce la estricta interdependencia entre el derecho a la educación y a la alimentación, estableciendo que si las niñas y niños no pueden aprender debido a que no comen, el Estado tiene la obligación ineludible de intervenir.

El juez determinó que la desnutrición infantil compromete directamente el derecho a la educación y subrayó que excluir de estos programas a una comunidad que cumple con todos los indicadores de necesidad extrema no puede justificarse bajo criterios burocráticos.

Reparación integral para toda la escuela

La resolución judicial no solo ordenó la entrega inmediata de los desayunos, sino que impuso una obligación de reparación integral. El DIF estatal deberá garantizar los recursos necesarios para que el plantel reciba alimentación escolar conforme a los estándares aprobados durante los próximos seis años, tiempo que dura la educación primaria. Además, aunque el amparo fue promovido inicialmente por solo siete familias, el juez ordenó que sus efectos se extiendan a la totalidad de los niños que asisten a la escuela.

El Consejo Nacional de Litigio Estratégico, entidad que dio a conocer la resolución, destacó que este caso evidencia cómo el litigio estratégico funciona para “convertir un derecho escrito en un derecho real”. Asimismo, el organismo señaló que, ante las fallas de la administración pública, la actuación de jueces independientes y apegados a los derechos humanos otorga a las personas más vulnerables una oportunidad de ser escuchadas y protegidas.

Aquí el comunicado completo:

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