SCJN falla a favor de la protección del Parque Nacional Benito Juárez en Oaxaca
El fallo reconoce interés legítimo ampliado para defender áreas naturales.
- Redacción AN / LP

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó reponer el procedimiento judicial relacionado con la presunta omisión de autoridades en la protección del Parque Nacional Benito Juárez y su Zona de Reserva Ecológica, en Oaxaca.
El asunto corresponde al Amparo en Revisión 450/2025, resuelto en sesión de Pleno el 24 de febrero de 2026.
El caso fue promovido por una persona zapoteca habitante del entorno del área natural protegida, quien denunció que autoridades federales, estatales y municipales no han garantizado la vigilancia y delimitación del parque, lo que habría permitido ocupaciones irregulares, construcciones y actividades incompatibles con su conservación.
La SCJN determinó que el juzgado de distrito aplicó un criterio restrictivo al negar el amparo por falta de afectación directa. El Pleno resolvió que la persona sí cuenta con interés legítimo para acudir al juicio constitucional en defensa del derecho a un medio ambiente sano.
Cualquier persona que habita o utiliza el entorno de un ecosistema y se beneficia de sus servicios ambientales puede acudir a los tribunales para exigir su protección.
La doctrina del “entorno adyacente”
La resolución reafirma la doctrina del “entorno adyacente”, que reconoce legitimación activa a quienes viven o utilizan el área de influencia de un ecosistema, aunque no colinden físicamente con el Área Natural Protegida.
Este criterio amplía el acceso a la justicia ambiental y permite que los beneficiarios indirectos de los servicios ecosistémicos promuevan acciones legales.
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El Pleno también recordó que la protección ambiental debe analizarse conforme al principio de precaución, por lo que la falta de certeza científica absoluta no puede utilizarse para negar la salvaguarda del ecosistema.
Además, enfatizó la aplicación de la carga dinámica de la prueba, que obliga a las autoridades a justificar sus actuaciones cuando existe riesgo ecológico.
Por esta razón, el expediente fue devuelto al Juzgado Noveno de Distrito en Oaxaca para que recabe mayores elementos y emita una nueva sentencia.
Importancia ambiental del Parque Nacional Benito Juárez
El Parque Nacional Benito Juárez fue decretado el 30 de diciembre de 1937 y abarca 2,591 hectáreas en terrenos forestales conurbados a la ciudad de Oaxaca, en los municipios de Oaxaca de Juárez, San Andrés Huayapam y Tlalixtac de Cabrera.
De acuerdo con la Semarnat, alberga ecosistemas de bosque tropical caducifolio, encino y pino, así como 230 especies de aves, 67 mamíferos y múltiples reptiles y anfibios.
La región aporta servicios ambientales como purificación del aire, regulación hidrológica y climática, así como abastecimiento de agua para la ciudad de Oaxaca y municipios aledaños.

